lunes, 14 de noviembre de 2011

Revisando: Derecho de Autor Digital (14/11/2011)


  • Tensiones Y Oportunidades En La Capa De Contenidos De Internet
  • Sistema De Información Cultural Del Mercosur
  • Demanda Colectiva Como Vía
  • Ciclo De Almuerzos Académicos Para Profesores Regulares De La Facultad De Derecho

TENSIONES Y OPORTUNIDADES EN LA CAPA DE CONTENIDOS DE INTERNET

Fuente: noticias.terra.com.ar

A poco más de dos años de vigencia de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual la producción nacional de contenidos comienza a crecer exponencialmente.

Cada vez es más clara la necesidad de nuevos canales y plataformas de distribución, difusión y comercialización de todo tipo de obras intelectuales. Las industrias culturales nacionales comienzan a despertarse y, otra vez, el derecho de autor y derecho de copia comienzan a tomar el centro de la escena.

Las tensiones y luchas jurídico-políticas por la gestión del derecho de autor y el derecho de copia se ubican principalmente en las capas superiores de Internet. Al igual que otros sistemas de comunicación (como la radio o la televisión), Internet también puede analizarse a través de diferentes capas superpuestas y interdependientes.

Así, Internet se compone ascendentemente de una capa material, una capa lógica y una capa de contenidos.

La primera es una capa material (también llamada capa física, de infraestructura o del hardware). Esta capa está compuesta por bienes de calidad material. En ella se pueden encontrar computadoras, servidores, routers, cables y toda la infraestructura que hace posible un medio de comunicación como Internet. La capa material de Internet se caracteriza por estar altamente controlada a través del derecho de propiedad que cubre los soportes de las obras intelectuales.

La segunda de las capas continua el camino ascendente y es la llamada capa lógica (también descripta como capa del código o del software). Ubicada sobre la capa material, se compone de bienes y obras de calidad intelectual alcanzadas por el derecho de autor y de derecho de copia. Es decir, está compuesta por todos los programas de computación (software) que hacen que las partes de infraestructura puedan funcionar y ser operativas.

La tercera de las capas se describe como capa de contenidos.

Al igual que la capa lógica, la capa de contenidos se compone de bienes y obras de calidad intelectual y, por tanto, está alcanzada por el derecho de autor y el derecho de copia. La capa de contenidos se compone de los bienes y obras del intelecto humano expresados, publicados, distribuidos, trasmitidos por la red: entre otras, obras literarias, musicales, videos, fotografías, animaciones, video-juegos.

Por la calidad de los bienes involucrados y por la regulaciones que las afectan, tanto la capa lógica (software) como la de contenidos están reguladas por el derecho de autor y derecho de copia. Estas dos capas superiores de la red son capas intelectuales y están caracterizadas como espacios más abiertos, dinámicos, colaborativos y de innovación constante. En estas capas la gestión de la cultura y los modelos de negocios industriales se encuentran en constantes cambios a nivel global.

En la República Argentina la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual e iniciativas públicas como la Televisión Digital Abierta, Argentina Conectada o Conectar Igualdad (entre otras) han reactivado la producción nacional y federal de contenidos. Sumado a esto, el éxito y masividad de iniciativas industriales como Taringa! o Cuevana (entre otras) han traído al debate qué ocurre con la producción audiovisual y la gestión de los derechos en la capa de contenidos de Internet.

Al respecto pueden formularse varias preguntas. Si la producción de contenidos audiovisuales en la Argentina está en franco aumento cuali y cuantitativo, ¿por qué Taringa!, Cuevana y muchas otras empresas Argentinas no orientan sus modelos de negocio a firmar acuerdos con productores audiovisuales (regionales, nacionales o locales) y gestoras colectivas para servir de canales o plataformas de distribución de series televisivas, documentales o películas de producción nacional? Entre muchas otras preguntas relevantes, ¿por qué las empresas de las industrias culturales nacionales no avanzan sobre modelos de negocio donde se compartan y auditen públicamente los ingresos obtenidos por publicidad? ¿No es posible generar registros públicos nacionales sobre qué obras audiovisuales se utilizan y cuánto dinero hay que distribuir entre los autores, actores, intérpretes, directores y quienes invierten en las plataformas de contenidos nacionales? Las políticas culturales sobre la gestión estratégica del valor intelectual en las capas superiores de Internet también van a construir el futuro de las industrias audiovisuales en la República Argentina. Pero, además de políticas culturales, es necesaria una urgente adecuación de los modelos de negocio industriales y el desarrollo de modelos de publicidad auditables por todas las partes interesadas en la utilización de las obras intelectuales. La legalidad es el mejor de los caminos.

07 de noviembre de 2011 



SISTEMA DE INFORMACION CULTURAL DEL MERCOSUR

Fuente: pagina12.com.ar

Base de datos para la integración

Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela integran el Sicsur, una plataforma de medición que releva datos de los diez países miembros. En sintonía con esta iniciativa, se acaba de lanzar la revista Enclave cultural.
 Por Silvina Friera
Hay frases que son como semillas. Alguien las siembra en el norte del hemisferio, pero no puede fiscalizar la cosecha más allá de sus fronteras. Aunque quiera. El ingenio de los otros modifica una palabra y trastrueca la matriz. Un asesor del entonces candidato presidencial estadounidense Bill Clinton acuñó el exitoso grito de batalla: “¡Es la economía, estúpido!”, a principio de los ’90. En América del Sur se está blandiendo otra consigna desde hace cinco años. “¡Es la cultura (la política), estúpido!” plasma un cambio de enfoque en el horizonte. Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela integran el Sistema de Información Cultural del Mercosur (Sicsur), una plataforma de medición regional que releva datos de cada uno de los diez países miembros. Esta herramienta para la gestión cultural incluye estadísticas, legislación, documentos y publicaciones; una masa de información que contempla la diversidad de las partes y al mismo tiempo la unificación de criterios. La cosecha del Sicsur avanza con el lanzamiento del primer número de la revista Enclave cultural. Rodolfo Hamawi, director nacional de Industrias Culturales, dice que el Sicsur es un “paso significativo” hacia la integración y el diálogo. “Cuanto más sepamos de nosotros, más cerca vamos a estar.”
Desde que en 2009 entró en la órbita digital a través del sitio web www.sicsur.org, esta plataforma regional puso en circulación más de 4200 registros en el mapa cultural, más de 50 cuadros y gráficos sobre estadísticas, 248 leyes, nueve documentos y dos publicaciones originales. Calibrar la dimensión de estos detalles que podrían parecer a simple vista “anecdóticos” no es un asunto menor. El Sicsur surgió para revertir un bache histórico de la institucionalidad y la gestión por estos pagos: la falta de datos actualizados sobre la cultura sudamericana. Cada Estado miembro tiene su antecedente de medición. En Argentina funciona desde 2003 el SInCA (Sistema de Información de la Cultura Argentina); en Colombia implementaron a partir de 2006 la CSC (Cuenta Satélite de Cultura) y en Paraguay arrancaron este año con el Sicipy (Sistema de Información Cultural del Paraguay). “En un tiempo en el cual los asuntos culturales se debaten en organismos internacionales como la Unesco, pero también en foros que fomentan el libre comercio como la Organización Mundial del Comercio, resulta necesario que la región tenga sus propias fuentes y sus propios datos”, subraya Hamawi a Página/12.
Aunque la cultura entró por la puerta grande a los recintos de varias organizaciones globales y está ocupando cada vez más espacio en los debates internacionales, los países más fuertes de la economía mundial continúan invocando y aplicando al comercio internacional el paradigma que reproduce el intercambio asimétrico entre productores de mercancías con alto valor agregado y productores de materia prima. Los titanes económicos postulan que la propiedad intelectual, por ejemplo, se rija con las reglas del libre comercio. “Los bie-nes culturales tienen una especificidad que no es la de los bienes económicos; habilitan un tratamiento diferenciado de tipo impositivo y el apoyo estatal –explica Hamawi–. Para que este tratamiento sea posible, es indispensable contar con mediciones regionales que muestren la especificidad de las industrias culturales.” Cada uno de los países del Sicsur responde a sus necesidades de medición, que se podrían reflejar en el avance digital en Brasil o en los pueblos originarios como médulas culturales en Paraguay y Bolivia. “La ventaja es que estamos creando un mapa de acuerdo a lo que cada uno necesita. No es un coto de consultoras del exterior ni de ningún organismo internacional que mide de acuerdo a sus propios parámetros. No es una matriz impuesta”, aclara Hamawi.
Natalia Calcagno, coordinadora argentina del Sicsur, repasa el crecimiento exponencial de los servicios culturales. “Argentina es la cuarta exportadora de contenidos televisivos a nivel mundial –revela–; son contenidos que se están volviendo grandes negocios en una economía donde el capitalismo va tercerizando cada vez más los servicios. Y en esto la cultura es tan protagónica que a la OMC le interesa que se converse en las rondas de negocios la liberalización de los servicios audiovisuales.” El litigio se libra en una cancha hostil. Varios jugadores quieren enmendar la plana de la Convención sobre la Diversidad Cultural de la Unesco –firmada por 148 países, excepto Estados Unidos e Israel–, que protege los bienes culturales para que no sean tratados como mercancías. “Si los países de la región acordaran con la OMC la liberalización de los servicios audiovisuales, no existirían más espacios como el Incaa (Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales) –advierte Calcagno–. Esta discusión Unesco-OMC es sobre el rol del Estado y las posibilidades de las culturas locales más débiles de seguir existiendo. No es una discusión sólo económica; es profundamente cultural.”
El primer número de Enclave cultural, la flamante revista de papel del Sicsur, despliega un menú de artículos, país por país, con informaciones relevantes y estratégicas, que exploran tópicos mutantes como los derechos de autor y la piratería, la cultura política participativa, los flujos del comercio exterior editorial, el patrimonio cultural y los museos comunitarios, entre otros. La piratería –se sabe– perjudica a autores, productores y al Estado. Conviene detenerse en la experiencia ecuatoriana. Los comerciantes de DVDs y CDs con contenidos ilegales constituyen la red de distribución más grande de la industria cultural de Ecuador. El Ministerio de Cultura ecuatoriano reconoce que muchas familias obtienen sus ingresos de la piratería –la principal asociación de distribuidores “piratas”, Asecopac, tiene 2000 miembros– y está empezando a utilizar ese aceitado canal para incentivar al sector a cambiar la actividad ilegal por la distribución de discos legales y originales.
Cuando la película ecuatoriana A tus espaldas cumplió su ciclo dentro de la programación de las salas de cine, la Asecopac le propuso al productor comprarle los derechos de autor, financiar la elaboración de 20 mil copias originales y venderlas en sus locales comerciales. Las 20 mil copias, que respetaban el derecho de autor, se agotaron en menos de un mes a un precio de 5 dólares por unidad. “Esto demostró que en el Ecuador se puede comercializar material original, siempre que el mismo se encuentre a un precio accesible –se afirma en el artículo de Enclave cultural–. El ejercicio fue exitoso pues todos ganaron, tanto los autores, con el respeto de sus derechos; los comerciantes, que tuvieron un margen de ganancia atractivo y casi similar o superior al que obtienen de la venta de copias ilegales, y los consumidores, con un producto legal, de buena calidad y a un precio justo y adecuado para la realidad de nuestro país.”
El debate sobre la defensa de las industrias culturales se conjuga en los tiempos verbales y políticos del presente. “La tarea de los Estados es defender y expandir la soberanía, sabiendo que su mayor riqueza es la diversidad que promueve la multiplicación de voces”, señala Hamawi. “Sólo la construcción de una masa crítica de información nos permitirá afianzar un futuro común de soberanía, progreso e igualdad para nuestros pueblos.”


Demanda colectiva como vía

Fuente: elfinancierocr.com
La unión hace la fuerza y la diferencia en algunos casos de propiedad intelectual
Edición 843
Arnaldo Bonilla Quesada
*Experto en Negocios y Propiedad Intelectual.
Cuando hablamos de acciones colectivas, usualmente asociamos este tema a los movimientos sociales que surgen en periodos de conflictos y confrontación en el sistema social y político, cuando algunos sectores se movilizan por un fin común, pero, recientemente, las demandas colectivas han surgido de profesionales que en su lucha individual se sienten insignificantes ante sus infractores pero que, conscientes de que la unión hace la fuerza, hacen valer sus derechos de propiedad intelectual.
Un ejemplo de esto es la demanda colectiva presentada por autores y editores de libros en el 2005, cuando acusaron a Google Books de violación deliberada del derecho de autor, por su reproducción sistemática e íntegra, sin autorización, de millones de libros protegidos por el derecho de autor.
Para ello, Google se valió de sistemas de escaneo instalados en grandes bibliotecas de investigación, como en las universidades de Michigan, Stanford y Harvard y, una vez escaneados, los libros se indexaron electrónicamente, lo que permitió a los usuarios de Google buscarlos por sus títulos y otros datos bibliográficos.
Para este caso en particular, las partes llegaron a un acuerdo, en el que se abordaron ciertos temas que eran motivo de preocupación.
Por ejemplo, se redujo considerablemente el número de obras no estadounidenses incluidas y, además, solo se incluyeron en el acuerdo las obras no estadounidenses registradas en la Oficina de Derecho de Autor de los EE. UU.
Mientras, para las que no habían sido registradas en este país (pero se habían publicado en Australia, Canadá o el Reino Unido antes del 5 de enero del 2009), se propuso el nombramiento de un “administrador fiduciario para las obras no reclamadas”, sujeto a la aprobación del tribunal, para así proteger a los propietarios de estas obras.
Y, paralelamente, se estipuló la eliminación de la cláusula de “naciones más favorecidas” que hubiera otorgado a Google condiciones de licencia óptimas en el futuro.
Registrar: su seguro
Dichas gestiones nos indican lo importante que es registrar todos los activos de propiedad intelectual que se generen, pues lamentablemente en un juicio solo se evaluarán las demandas de quienes tengan registradas sus creaciones; de otro modo, difícilmente podría defender lo suyo.
Si bien es cierto, Google todavía ofrece su motor de búsqueda gratuitamente a los usuarios, es importante rescatar que este caso en particular ha servido para alertar a quienes ofrecen información a las webs, aunque la misma sea gratuita para el usuario, así como también a los creadores de las obras, de lo esencial que resulta proteger y respetar los derechos de autor.
Parece evidente que en el futuro, muchas actividades de digitalización deberán contar con licencias o permisos, pues si bien es cierto Internet ofrece una gama amplia de bibliotecas digitales, es necesario respetar los derechos de autor, y hacer uso legal de los mismos.
Será también fundamental disponer de sistemas diligentes y eficientes de concesión de licencias, como las denominadas gestiones colectivas; estas son organizaciones privadas de base asociativa y naturaleza no lucrativa que se dedican (en nombre propio o ajeno) a la gestión de derechos de propiedad intelectual de carácter patrimonial por cuenta de sus legítimos titulares.
Campo en el que, sin embargo, las demandas colectivas se perfilan como actores claves.


Ciclo de almuerzos académicos para profesores regulares de la Facultad de Derecho

URLOrigen: derecho.uba.ar

Continuando con el ciclo de almuerzos académicos para profesores regulares de la Facultad, el 25 de octubre la Dra. Delia Lipszyc expuso algunos lineamientos referidos a la propiedad intelectual en relación al auge de las nuevas tecnologías.

Luego de las palabras introductorias de la Decana Mónica Pinto, la Prof.Delia  Lipszyc comentó que el pasado gran impacto de las tecnologías electrónicas analógicas, reprodujo una suerte de integración de los medios y cada uno fue encontrando un espacio y una función propia. Así, observó que “estamos envueltos en un ámbito digital; el crecimiento de Internet fue exponencial a partir de 1992 cuando el Congreso de los Estados Unidos autorizó la realización de actividades comerciales en la red de la Fundación Nacional para la Ciencia que facilitaron las conexiones con proveedores comerciales de servicios que empezaron a surgir”. En tal sentido, aseguró que la explosión digital impactó en muy variados ámbitos, no sólo en nuestras costumbres sino en nuestra vida, como el derecho a la privacidad, al honor, a la imagen y a la protección de datos personales.

En cuanto a las opiniones que consideran que el derecho de autor no tiene sentido en el ámbito digital o que debe eliminarse, aseguró que el derecho de autor ha probado su idoneidad para estimular la actividad creativa, para asegurar al autor la posibilidad de obtener una retribución económica, el respeto por su obra y el reconocimiento de su condición de creador, con el consiguiente beneficio para la comunidad al fomentar la creación de obra y su difusión, especialmente, el de las nacionales. “El derecho de autor constituye la forma de preservar la propia identidad cultural frente a la ingente producción foránea y al indiscutible acceso a los diversos canales de explotación que tiene la producción extranjera.”, expresó. Precisó, además, que se trata de una forma de lograr una indispensable diversidad cultural, en contraposición con la cultura global. A su vez, advirtió que los consumidores han mostrado una creciente codicia en adquirir y compartir copias no autorizadas de obras, en especial de música y films, sin que sus autores tomen conocimiento de esta utilización.

Con respecto al impacto de la informática, distinguió entre sus etapas, la primera en la que se predijo que los derechos de autor no serían aplicables a un entorno tecnológico de redes digitales y que la dimensión global de redes supone un profundo vacío jurídico. Con posterioridad, se generalizó un enfoque totalmente contrapuesto, por lo tanto el derecho de autor era perfectamente apto también en el entorno de redes digitales, y así el autor dispone del derecho exclusivo en torno a la utilización de su obra. Explicó entonces que en la actual etapa, se considera que afecta por igual a autores, intérpretes e industrias de productos culturales y servicios del entretenimiento, que tienen lugar en el ámbito digital de ejemplares físicos y en Internet, donde se generó una cultura de descargar sin pagar y de tener una experiencia que permite actuar sobre los bienes digitales, crearlos, compartirlos y modificarlos. En este orden de ideas, indicó que todas las obras pueden ser digitalizadas e incorporadas a la memoria de una computadora personal o de un servidor que puede subir esos contenidos en Internet. “Una vez que las obras están disponibles, el público puede efectuar todas las copias que quiera en forma rápida y perfecta, no solamente sin el consentimiento de los autores sino bajo su desconocimiento”, aseveró. De este modo, precisó que las asociaciones de consumidores rechazan la aplicación de la ley de propiedad intelectual a los usuarios que comparten libremente la información, sin autorización del titular, sin pagarlo y que lo hacen a través de la web, alegando que toda restricción al libre uso de obras y prestaciones protegidas el derecho de autor constituye exclusiones impropias. La expositora opinó que libertad de conocimiento no es sinónimo de libertad de apropiación y argüir derechos humanos para defender lo contrario, resulta una falacia. Destacó que Internet ofrece fantásticas posibilidades para la educación, la información y el entretenimiento, pudiendo acceder a obras de todos los géneros en infinidad de materias. “No existen acuerdos definitivos ni situaciones estables, los cambios son inevitables y es necesario enfrentarse a ellos de modo permanente”, concluyó.


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